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¿Y SI ME TOCA LA LOTERÍA?

Tipo fijo del 20%.

Si los próximos días adquiere algún décimo para el sorteo de Navidad de la Lotería Nacional, no olvide que los premios de Loterías y Apuestas del Estado, ONCE, Cruz Roja Española, sorteos y loterías autonómicos, etc., tributan en el IRPF a un tipo fijo del 20% . Apunte. Los perceptores de estos premios, en el momento del cobro, soportan una retención por dicho porcentaje.

Exención. No obstante, esta tributación sólo afecta a los premios cuya cuantía íntegra supere los 40.000 euros (y sólo por el exceso sobre dicho importe). Hasta 40.000 euros, la cuantía percibida goza de exención . ¡Atención! Esta exención se aplica de forma independiente respecto de cada décimo, fracción o cupón de lotería o apuesta premiado . Así pues, en el caso de premios compartidos (entre amigos o parientes, peñas, clubes deportivos...), los 40.000 euros exentos deben repartirse entre todos los beneficiarios en proporción a su participación.

Ejemplo. De este modo, si usted y un familiar juegan a medias un décimo de Lotería de Navidad que resulta premiado con 50.000 euros (un tercer premio), a cada uno le corresponderán 25.000 euros, de los que 20.000 estarán exentos. En este caso, su tributación individual será de 1.000 euros: (25.000 - 20.000) × 20%. El neto que percibirá cada uno será, por tanto, de 24.000 euros.

Los premios de lotería tributan en el IRPF a un tipo fijo del 20%. No obstante, los primeros 40.000 euros están exentos.

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