EL CAMBIO DE HACIENDA CON BIZUM EN 2026
- contabilidad395
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¿Cómo te va a afectar el cambio que hará Hacienda con Bizum en enero de 2026?

A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria va a aplicar una nueva normativa que amplía drásticamente su control sobre los pagos electrónicos.
Esto implica que los ingresos recibidos a través de Bizum (o tarjetas de crédito/débito y otras formas de pago móvil similares) pasarán a quedar registrados y reportados mensualmente, con independencia del importe.
Este cambio viene de la aprobación del Real Decreto 253/2025, que modifica el reglamento de inspección tributaria e impone nuevas obligaciones informativas a bancos, emisores de tarjetas, entidades de pago y plataformas de dinero electrónico.
Desde el 1 de enero de 2026, estas entidades deberán remitir a la Agencia Tributaria un informe mensual con todos los cobros y pagos realizados por sus clientes mediante Bizum, tarjetas o métodos similares.
Además, se elimina el umbral mínimo que existía hasta ahora, de modo que ya no solo se registrarán operaciones elevadas o puntuales, sino todas las transacciones profesionales o comerciales, sin importar lo pequeñas que sean.
El informe incluirá información detallada: quién recibe el pago (persona física, autónomo o empresa), cuenta asociada, importe, medio de pago, y en su caso, datos de comercio o terminal de pago.
Y si eres autónomo o tienes una pyme, esto significará una supervisión continua. La primera remesa de datos correspondiente a enero de 2026 se enviará en febrero de 2026.
¿Qué operaciones de Bizum controlará Hacienda en 2026?
La nueva normativa no se limita a operaciones por encima de cierto importe, sino que abarca todas las transacciones vinculadas a una actividad económica.
En concreto, Hacienda monitorizará:
Cobros recibidos mediante Bizum: aunque sean importes muy pequeños.
Pagos realizados también con Bizum, cuando estén relacionados con el negocio (por ejemplo, pagos a proveedores, pagos de servicios, etc.).
Operaciones con tarjeta de crédito o débito (física, virtual o prepago) que se usen con fines profesionales.
Otras plataformas de pago vinculadas a números de teléfono móvil o dinero electrónico.
De este modo, cualquier ingreso o gasto digital relacionado con la actividad empresarial o profesional quedará registrado.
¿Cómo declaro Bizum a Hacienda?
Aunque Hacienda recibirá directamente los datos de cobros y pagos, las obligaciones correspondientes a autónomos y pymes no desaparecen.
De hecho, es más importante que nunca mantener una contabilidad ordenada y cumplir con los requisitos fiscales.
Por eso, te recomendamos:
Emitir factura por cada cobro recibido mediante Bizum. Aunque el importe sea pequeño, si forma parte de tu actividad profesional o empresarial debes emitir factura con nombre, NIF, concepto, importe, IVA e IRPF cuando corresponda.
Registrar el ingreso en el libro contable, como cualquier otro ingreso procedente de venta de bienes o prestación de servicios. Bizum sigue siendo simplemente un medio de cobro, no un tipo especial.
Declarar los ingresos en los modelos fiscales correspondientes: por ejemplo, los modelos trimestrales (IVA, IRPF) o los resúmenes anuales, según tu régimen.
Separar las cuentas bancarias personales de las profesionales. Es aconsejable tener una cuenta exclusiva para tu actividad para evitar confusiones, especialmente si recibes ingresos vía Bizum o pagos de clientes.
Así, trata cada Bizum profesional como si fuera un ingreso “normal” o un cobro con tarjeta.
Porque lo importante no es el medio, sino la consistencia entre ingresos, facturas y declaraciones.
























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