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Las inspecciones tributarias a través de videoconferencia ya están aquí


Según el Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio, en vigor desde este miércoles que regula la creación del Fondo COVID-19, se modifica la Ley General Tributaria de tal forma que las inspecciones tributaria telemáticas sean una realidad.


Se introduce un nuevo apartado 9 en el artículo 99:


«9. Las actuaciones de la Administración y de los obligados tributarios en los procedimientos de aplicación de los tributos podrán realizarse a través de sistemas digitales que, mediante la videoconferencia u otro sistema similar, permitan la comunicación bidireccional y simultánea de imagen y sonido, la interacción visual, auditiva y verbal entre los obligados tributarios y el órgano actuante, y garanticen la transmisión y recepción seguras de los documentos que, en su caso, recojan el resultado de las actuaciones realizadas, asegurando su autoría, autenticidad e integridad.


La utilización de estos sistemas se producirá cuando lo determine la Administración Tributaria y requerirá la conformidad del obligado tributario en relación con su uso y con la fecha y hora de su desarrollo.»


Se introduce una nueva letra e) en el apartado 1 del artículo 151:


«e) En los lugares señalados en las letras anteriores o en otro lugar, cuando dichas actuaciones se realicen a través de los sistemas digitales previstos en el artículo 99.9 de esta Ley. La utilización de dichos sistemas requerirá la conformidad del obligado tributario.»



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