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Plazo presentación MODELO 347: 1-28 de Febrero 2018


El Modelo 347 es la declaración de operaciones con terceros. Se trata de un modeloinformativo, por lo que no supone el pago o devolución de importe alguno. En este modelo se informa a la Agencia Tributaria Estatal de las operaciones con terceros en las que se hayan superado los 3.005,06€ (IVA incluido) durante el ejercicio anterior. Es decir, se informa de aquellos clientes, proveedores o acreedores a los que se les hayan comprado o vendido bienes o servicios por valor superior a dicho importe durante todo el ejercicio anterior.


Están obligadas a presentarlo todas aquellas personas físicas o jurídicas (públicas o privadas) que desarrollen actividades empresariales o profesionales y hayan superado el importe de 3.005,06€ (IVA incluido) en el total de operaciones durante todo el ejercicio al que hace referencia la declaración.

Sin embargo, quedan excluidas de su presentación aquellos casos en los que se ha aportado esta información por medio de otra declaración informativa (190, 349, etc.):

- Autónomos que hayan emitido sus facturas con retención. - Autónomos que hayan tenido operaciones con clientes/proveedores que hayan superado el importe de 3.005,06€ que sean intracomunitarios. - Las personas físicas y entidades en atribución de rentas que en el IRPF tributen por el método de estimación objetiva (módulos) y a la vez en alguno de los siguientes regímenes especiales de IVA: simplificado o de agricultura, ganadería y pesca, o de recargo de equivalencia. - Quienes realicen en España actividades empresariales o profesionales sin tener en el territorio español la sede de su actividad económica. - Los obligados tributarios que no hayan realizado operaciones que, en su conjunto, hayan superado la cifra de 3.005,06€ durante el ejercicio correspondiente. - Quienes deban informar sobre las operaciones incluidas en los libros de registro de IVA, como los inscritos en el Registro de Devolución Mensual de IVA (ver excepciones).

Desde el año 2013 las pymes y autónomos deben presentar el modelo 347 de forma telemática (por internet) mediante el uso de firma electrónica o Cl@ve PIN.

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