¿Pueden los autónomos bonificar su cuota por conciliación familiar?
Los trabajadores autónomos que necesiten conciliar su vida laboral y familiar tienen derecho a bonificar la cuota que están pagando a la Seguridad Social. El SEPE afirma que por ley estos profesionales pueden bonificarla para conciliar, si a la par contratan trabajadores.
En este caso, los autónomos tendrán derecho a una bonificación del 100% de contingencias comunes en su cuota a la Seguridad Social, hasta un máximo de doce meses.
Para ello, además de lo anteriore se debe tener a cargo menores de 12 años o algún familiar hasta el segundo grado en situación de dependencia. Si se trata del cuidado de familiares con discapacidad, tendrá que estar debidamente acreditada la discapacidad que presenten, ya sea o bien del 33% o igual o superior al 65%.
Tipos de contratos que serán aceptados
Si el profesional lleva menos de doce meses dado de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, la base media de cotización se calculará desde la fecha de alta.
La bonificación dependerá también del tipo de contratación que realice el trabajador. Por ejemplo, si la contratación es a tiempo parcial, la bonificación será del 50%. Además, el autónomo que se beneficie de la bonificación tendrá derecho a disfrutar de la misma por cada uno de los sujetos que la causan, como pueden ser los menores de 7 años o familiares dependientes.
Estas bonificaciones también serán compatibles con otros incentivos a la contratación que se establezcan por cuenta ajena. Asimismo, cuando se acabe la relación laboral el autónomo tiene derecho a beneficiarse de la bonificación si contrata a otro trabajador por cuenta ajena en el plazo máximo de 30 días. Si el despido se debe a causas objetivas no se reintegrará la bonificación.
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